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Teletrabajo: ¿Cómo es la ley en Chile?

16 Octubre 2020

Uno de los efectos más grandes y notorios que trajo la crisis sanitaria a nivel mundial fue la consolidación del teletrabajo como una modalidad laboral implementada en un número gigante de organizaciones.

Así lo demuestra la Encuesta Nacional de Empleo del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y con datos procesados por el economista de la Universidad Católica, Juan Bravo (publicados por el Diario Financiero), indicando que desde el trimestre móvil diciembre-febrero a mayo-julio, se sumaron 1.033.322 personas al teletrabajo, llegando a un total de 1.074.296 trabajadores, un 20% de un total de 5,3 millones de personas asalariadas.

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Por esto mismo, se hizo necesario establecer una ley que regulara el teletrabajo en Chile, lo que se materializó en la promulgación Ley 21.220 desde el 1ero de abril del 2020. Aquí revisamos los aspectos fundamentales de estas modalidades de trabajo, tanto para colaboradores, como para empleadores:

1. Teletrabajo y trabajo a distancia

La ley define al trabajo a distancia como “aquel en que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa”, mientras que el teletrabajo también es trabajo a distancia, pero se caracteriza por que “los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios”.

Aunque las labores tengan las características anteriormente descritas, no serán consideradas teletrabajotrabajo a distancia “cuando el trabajador presta servicios en lugares designados y habilitados por el empleador, aun cuando se encuentren ubicados fuera de las dependencias de la empresa”, según indica el Artículo 152 quáter H".

Las partes deberán acordar el lugar, que puede ser el domicilio del colaborador u otro sitio, sobre el lugar específico donde se desarrollarán las tareas, pero si por el tipo de servicios, las actividades se pudieran realizar en distintos lugares, podrán elegir que el trabajador elija libremente donde ejercerá sus funciones, puntualiza la Guía de Teletrabajo y Trabajo a Distancia, de la Biblioteca Nacional del Congreso.

2. Jornada, condiciones y remuneración

La implementación del teletrabajo no puede implicar un menoscabo de los derechos que el Código del Trabajo reconoce a los trabajadores, en especial, su remuneración.

¿Qué debe contener el contrato?

Según explica la Guía de Teletrabajo y Trabajo a Distancia de la Biblioteca Nacional del Congreso, el contrato debe contener:

  1. Indicación expresa de que las partes han acordado la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo. Se debe especificar si será de forma total o parcial. Si es parcial, debe figurar por escrito la fórmula de combinación entre trabajo presencial y trabajo a distancia o teletrabajo.
  2. El lugar o los lugares donde se prestarán los servicios, salvo que las partes hayan acordado que el trabajador elegirá libremente donde ejercerá sus funciones.
  3. El período de duración del acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo, que podrá ser indefinido o por un tiempo determinado.
  4. Los mecanismos de supervisión o control que utilizará el empleador respecto de los servicios convenidos con el trabajador.
  5. Debe figurar el eventual acuerdo de que el trabajador podrá distribuir su jornada en el horario que mejor se adapte a sus necesidades o que se encuentra excluido de la limitación de jornada de trabajo.
  6. El tiempo de desconexión.

 

3. Condiciones de resguardo para los trabajadores

Según la Circular 63 de la Dirección del Trabajo, el empleador debe tomar medidas necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores en modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo. Asimismo, se puntualizan deberes por parte de las organizaciones, tales como:

  • Trabajos que no podrán ejecutarse en trabajo a distancia.
  • Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos.
  • Programa de trabajo de seguridad y salud.
  • Prelación de medidas preventivas y correctivas.
  • Obligación de informar y capacitar.
  • Capacitación periódica de trabajadores.
  • Equipos y elementos de protección personal.
  • Reglamento Interno.
  • Cumplimiento de las medidas prescritas por el organismo administrador.

(Las definiciones de cada uno de estos puntos se encuentran en la Circular N°63 de la Dirección del Trabajo. Link al final de la nota).

4. Equipamiento y medidas de seguridad

La Ley 21.220 señala en su Artículo 152 quáter L establece que "los equipos, las herramientas y los materiales para el trabajo a distancia o para el teletrabajo, incluidos los elementos de protección personal, deberán ser proporcionados por el empleador al trabajador, y este último no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad. Los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos serán siempre del empleador.

5. Derecho a desconexión, descansos y comunicaciones

La norma estipula que “el tiempo de desconexión deberá ser de, al menos, doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas”. Sobre las comunicaciones y órdenes, se señala que “en ningún caso el empleador podrá establecer comunicaciones ni formular órdenes u otros requerimientos en días de descanso, permisos o feriado anual de los trabajadores”.

¿Cómo se proyecta el Teletrabajo en Chile?

Un estudio reciente de la consultora Randstad, realizado a más de 400 tomadores de decisión de diferentes sectores, muestra que un 75% de ellos tiene planeado mantener la relación laboral a distancia una vez finalizada la crisis, distribuidos en un 63%, que lo hará solo algunos días a la semana y un 12% lo implementará a tiempo completo.

Revisa los documentos clave para empleadores con los principales documentos legales sobre la Ley de Teletrabajo y Trabajo a Distancia:

Ley 21.220

Modifica el Código del Trabajo en materia de trabaho a distancia

Circular 63 de la Dirección del Trabajo, relativo a la fiscalización del teletrabajo

Centro de Consultas Trabajo a Distancia y Teletrabajo, Dirección del Trabajo

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